Las formas alternativas corresponden
a mecanismos no formales y solidarios que brindan un elemento fundamental en la
humanización del conflicto, con la presencia de una tercera persona que actúa
como facilitadora especialista en resolución o prevención del conflicto. Las
formas alternativas son una debida opción cuando la convivencia diaria,
familiar y comunitaria que han sido vulneradas de manera intencional y
repetitiva con perjuicios a nivel emocional, social, físico o legal de una
persona. Las figuras alternativas también permiten a los individuos ser
gestores de cambios pro-positivos y pro-activos que faciliten el bienestar
mutuo, así como la satisfacción y el beneficio de los actores involucrados.
La Constitución Política colombiana
de 1991 reconoce la posibilidad que tienen los particulares de ejercer
funciones de árbitros o conciliadores que definan fallos sobre los diversos
problemas en los cuales se pueden ver involucradas las personas, grupos y
comunidades. El profesional en Trabajo Social está capacitado para actuar en el
manejo de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos por la
formación holística que comparte con la mayoría de las ciencias sociales como
la sociología, la economía, la antropología y la psicología. Ejerce un rol
educativo que busca no sólo reforzar comportamientos sino capacitar a los
actores que intervienen en lo referente al manejo de habilidades, buscando
potencializar las capacidades para manejar, enfrentar y resolver el problema en
forma eficiente.
Tal formación posibilita la
comunicación y la relación entre las partes, y clarifica el origen y la
estructura del conflicto; facilita, además, el proceso de negociación y la
identificación y análisis de alternativas, así como permite que los actores
aprendan del conflicto y lo conciban realmente como una oportunidad de
aprendizaje.
El trabajador social desarrolla este
proceso determinando unas fases, objetivos y estrategias que le permiten
manejar técnicas y tácticas propias de la intervención profesional, a través de
las cuales intenta comprender y explicar lo que sucede, qué sienten las
personas, qué hacen y por qué hacen lo que hacen, fortaleciendo así las
acciones educativas.
Dentro de las formas alternativas de
resolución de conflictos se encuentran la negociación, la mediación, la
conciliación y el arbitraje.
Negociación: Es el proceso a través del cual los actores o partes involucradas llegan a un acuerdo. Se trata de un modo de resolución pacífica, manejado a través de la comunicación, que facilita el intercambio para satisfacer objetivos sin usar la violencia. La negociación «es una habilidad que consiste en comunicarse bien, escuchar, entender.
Mediación: Consiste en un proceso en el que una persona imparcial, el mediador, coopera con los interesados para encontrar una solución al conflicto. Se trata de un sistema de negociación facilitada, mediante el cual las partes involucradas en un conflicto, preferiblemente asistidas por sus abogados, intentan resolverlo, con la ayuda de un tercero imparcial (el mediador), quien actúa como conductor de la sesión ayudando a las personas que participan en la mediación a encontrar una solución que les sea satisfactoria. El mediador escucha a las partes involucradas para determinar los intereses y facilitar un camino que permita encontrar soluciones equitativas para los participantes en la controversia. El acuerdo no produce efectos jurídicos, salvo que las partes acuerden formalizarlo en una notaría o centro de conciliación.
La mediación es de gran utilidad en el ámbito de lo general viabilizando la comunicación entre los actores. Allí el mediador es fundamental, pues de alguna forma contribuye a la resolución del conflicto, brinda una orientación cooperativa y competitiva procurando el beneficio de las partes, y busca eliminar o reducir la conducta conflictiva. El conjunto implícito de normas y valores proporciona el fundamento del marco de la mediación, guiando las expectativas de los actores.
Conciliación: Se trata de un proceso o conjunto de actividades a través del cual las personas o partes involucradas en un conflicto pueden resolverlo mediante un acuerdo satisfactorio. Adicional a las partes, interviene una persona imparcial denominada conciliador, que actúa con el consentimiento de las partes o por mandato de la Ley, para ayudar a los actores a llegar a un acuerdo que los beneficie. «Este proceso busca complementar el sistema tradicional de justicia, mediante un procedimiento breve en el cual una autoridad judicial o administrativa interviene como un tercero para lograr posibles soluciones a un problema que involucra a dos o más personas en controversia» (CENASEL, 1998: 50).
La conciliación es un proceso de civilidad porque los acuerdos son el resultado del ejercicio pacífico y democrático del derecho a la controversia, en el cual se involucra de manera directa a los actores interesados en arreglar las diferencias, procurando acuerdos recíprocos y satisfactorios sin que se presenten vencidos ni vencedores, activando la comunicación, reduciendo y aliviando las tensiones, y evitando la escalada del conflicto. Por lo tanto, es necesario comprender acertadamente el conflicto para verlo como una totalidad y una fuente de transformaciones que contribuyen al crecimiento y evolución de los diferentes grupos sociales entre ellos, el sistema familia, permitiendo relaciones más gratificantes y no la dominación y la imposición, así como la visión «tú pierdes, yo gano». Como acto democrático, se fundamenta en la capacidad de los ciudadanos y ciudadanas para ser autores del conflicto y generadores de soluciones, asunto en el cual se determina la igualdad entre las partes, la legitimidad de sus intereses y la voluntad para negociar y concertar acuerdos, sintetizando el ejercicio de la democracia.
El proceso democrático de la conciliación se desarrolla a través de varias fases:
La fase inicial, en la cual se define el contexto de la conciliación.
La fase de intercambio de historias, donde se definen los puntos de vista de cada uno de los actores, los hechos y sentimientos
La fase de situación del conflicto, es decir, donde se concretan los puntos a tratar y se enfatiza en lo conciliable.
La fase donde se generan soluciones, promoviendo su búsqueda y su selección.
La fase en la cual se establecen los acuerdos y el cierre que se especifican en un acta.
Arbitramento: Se trata de un proceso mediante el cual un tercero, que es un particular, decide sobre el caso que se le presenta y las partes o actores aceptan la decisión. Se parece a un juicio donde el árbitro es elegido por las partes, en procura de la conciliación.
En este proceso, la decisión del tribunal de arbitramento se asimila a la sentencia
De un juez y es denominada «laudo arbitral». El árbitro actúa como auxiliar de la
Justicia, buscando que esta se haga más clara para que los actores interesados puedan determinar las reglas de procedimiento y se convierta en un instrumento Comunitario.
Para concluir, se puede afirmar que actuando y enseñando las ideas y los ideales
De la resolución de conflictos manejados a través de las alternativas de resolución entre quienes conforman la sociedad, se puede contribuir a la reducción de la violencia y al fortalecimiento de espacios pacíficos para las futuras generaciones. Para el profesional en Trabajo Social el conflicto se convierte en un reto de investigación y de educación para la paz.
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